martes, 24 de febrero de 2009

El TSJCyL autoriza la manifestación de la Falange


http://www.eitb.com/noticias/politica/detalle/94441/la-falange-se-manifestara-trevino-jornada-reflexion/

La Falange se manifestará en Treviño durante la jornada de reflexión


Los tribunales han permitido la marcha, que previamente había sido prohibida por el Gobierno español porque en Treviño residen muchas personas que están empadronadas en la CAV.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha reconocido el derecho de la Falange a convocar una manifestación en Treviño este sábado 28 de febrero con el lema "Treviño por España", que había sido prohibida por la Subdelegación del Gobierno en Burgos.

La Subdelegación había prohibido la manifestación argumentando que se pretende realizar coincidiendo con la jornada de reflexión de las elecciones autonómicas vascas que se celebrarán el día siguiente y que en Treviño residen muchas personas que están empadronadas en la CAV.

Sin embargo, en la sentencia dictada por el TSJCYL se indica que la reivindicación que se pretende transmitir con la manifestación convocada se plantea en "un territorio en el que pese a la cercanía y circunstancias peculiares de ubicación geográfica, no se va a celebrar elección alguna".

Otro argumento de la Subdelegación para denegar la autorización a Falange, que optó por presentar un recurso contra esta decisión, fue la existencia de informes que advierten del riesgo de "alteraciones de orden público con peligro para personas o bienes".

En este caso, la resolución judicial recuerda que el derecho a manifestación está recogido en la Constitución y "la mera sospecha o posibilidad de que se produzca la perturbación de otros bienes o derechos no justifica la medida prohibitiva del derecho fundamental".


http://www.sietesemanal.com/actualidad/3996.php

La Falange puede celebrar mañana la manifestación en Treviño

Se añadía como motivo de denegación los informes precedentes de alteración de orden público


La Falange podrá celebrar la manifestación con el lema 'Treviño por España' en el enclave vasco de Trebiño mañana sábado a las 13.00 horas, tras reconocer el derecho al ejercicio de la manifestación solicitada y declarar la nulidad de su prohibición "por no ser ajustada a derecho", según la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

Así, el Alto Tribunal estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el partido político contra la resolución de 16 de febrero de 2009 por la que se prohibía esta manifestación. La parte recurrente se ratificó en su petición, el abogado del Estado solicitó la desestimación del mismo y el Ministerio Fiscal informó que procedía estimar el recurso.


Según se desprende de la sentencia, La Falange comunicó a la Subdelegación del Gobierno en Burgos la manifestación a celebrar mañana 28 de febrero de 2009 en el Condado de Treviño a las 13 horas con el lema 'Treviño por España'. La Subdelegación prohibió dicha manifestación amparando la negativa al ejercicio de un derecho fundamental recogido en el articulo 53 de la Constitución, sobre la base de la existencia de informes en el expediente de los que se deriva que en dicha fecha coincide con la jornada de reflexión de las Elecciones al Parlamento Vasco que se celebrarán este domingo 1 de marzo.

Así, continúa que al residir numerosas personas empadronadas en el País Vasco se produce esa incidencia en la jornada de reflexión por la ubicación geográfica del Condado. Igualmente, se añade como motivo de denegación que de los informes precedentes se desprenden alteraciones de orden público, "por lo que la existencia de fundadas razones de alteración del orden publico, con peligro para personas o bienes, determina finalmente la prohibición impugnada". Los fundamentos del derecho agregan que el articulo 21 de la Constitución reconoce el derecho a la reunión pacifica y sin armas, derecho esencial que no necesita autorización previa, salvo la comunicación como consecuencia de la invasión de lugares de transito publico, que podrá llevar a su prohibición cuando existan fundadas razones de alteración del orden publico, peligro para personas o bienes.

Por ello, "de ninguna manera puede ser interpretado en sentido restrictivo como hace la Subdelegación del Gobierno, que transforma en razones fundadas de alteración del orden público por los incidentes que habían ocurrido en la provincia de Vitoria en octubre de 2008 o porque toda convocatoria de este partido político implica reacciones de la izquierda abertzale", señala.

Jornada de reflexión

El otro motivo de denegación es el relativo a la fecha elegida para el ejercicio del derecho de manifestación. Según la sentencia, que la fecha prevista por los organizadores para la celebración de la manifestación comunicada coincida con la jornada de reflexión de las elecciones al Parlamento Vasco "no puede llevar a la conclusión de que en un territorio donde no se van a celebrar elección alguna se pueda incidir en el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos".

La reivindicación que se pretende transmitir a través de la manifestación convocada, versa la sentencia, se plantea en un territorio en el que pese a la cercanía y circunstancias peculiares de ubicación geográfica no se va a celebrar elección alguna, por lo que el dato de que exista una población de hecho, pero empadronada en el País Vasco con derecho por tanto al voto en dicha Comunidad, no puede prevalecer sobre el derecho fundamental de reunión de la parte actora.


http://www.elmundo.es/elmundo/2009/02/24/castillayleon/1235497249.html
http://www.abc.es/20090225/castilla-leon-castilla-leon/permite-falange-manifestarse-trevino-20090225.html
http://www.hispanidad.com/noticia.aspx?ID=124367

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